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AYUDAS A PROPIETARIOS 2023

AYUDAS MUNICIPALES

AYUDAS A PROPIETARIOS

El objetivo de estas ayudas es colaborar en el pago de recibos de comunidad o hipoteca.

REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

  • Ser mayor de 18 años o menor emancipado legalmente.
  • Ser titular de pago de los gastos de comunidad o cuota hipotecaria según escritura pública o nota simple registral u obligado al pago por situaciones especiales (herencias, divorcios…)
  • Ser propietaria o coproprietaria de la vivienda objeto de pago de los gastos de comunidad o hipoteca para la que se solicita la ayuda.
  • El inmueble de pago deberá ser la vivienda habitual del solicitante y encontrarse en el término territorial de Avilés.
  • Estar empadronada en el término municipal de Avilés y en la vivienda objeto de pago de cuota de comunidad o hipoteca, a fecha de presentación de la solicitud.
  • Estar al corriente de pagos de impuestos, tasas, y sanciones del Ayuntamiento de Avilés y del Principado de Asturias.
  • Ninguno de los miembros que habiten en la vivienda puede poseer otra vivienda en propiedad que reúna las condiciones para ser habitada en un porcentaje superior al 40%.
  • La cuota hipotecaria no podrá superar los 450€ mensuales.
  • Los ingresos trimestrales entre todos los miembros que habiten en la vivienda no pueden superar en 1,5 veces el IPREM.
Tabla 1, 5 veces ponderando
Miembros IPREM anual IPREM trimestral
1 ó 2 15.750,00€ 3.937,50€
3 16.578,95€ 4.144,74
4 17.500,00€ 4.375,00€
5 18.529,41€ 4.632,35€
6 ó más 19.687,50€ 4.921,88€
  • Solamente se admitirá una ÚNICA solicitud por persona física y vivienda en una de las dos líneas.
  • No tener ni el solicitante ni los miembros de la Unidad familiar deudas ni ayudas pendientes de justificar con Fundación San Martín.

IMPORTE MÁXIMO SUBVENCIONABLE

Se subvencionará una ayuda del 100% de los recibos de COMUNIDAD presentados con un límite máximo de 265€ anuales o el 50% de la cuota HIPOTECARIA durante 12 meses con un límite máximo de 1.100€. Solo serán admitidos recibos emitidos en 2023.