Ir al contenido principal

AYUDAS AL ALQUILER 2023

AYUDAS MUNICIPALES

AYUDAS AL ALQUILER DEL AYUNTAMIENTO DE AVILÉS

El objetivo de estas subvenciones es favorecer el acceso y mantenimiento de una vivienda a personas arrendatarias. La ayuda consiste en el abono mensual de un porcentaje de la renta que el inquilino abona al propietario de la vivienda.

Si eres MAYOR DE 30 AÑOS o tienes CARGAS FAMILIARES, FAMILIA MONOPARENTAL, eres MUJER VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO, PENSIONISTA, JOVEN QUE COMPARTE VIVIENDA o PERCEPTOR DE INGRESO MÍNIMO VITAL, te concedemos una ayuda del 50% de la renta mensual, máximo 150€ (180€ en caso de familia con menores a cargo) y por un máximo de 12 mensualidades anuales.

REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

  • Ser mayor de 18 años o menor emancipado legalmente.
  • Las personas solicitantes deben llevar empadronados en Avilés al menos 3 meses.
  • Los ingresos trimestrales entre todos los miembros que habiten en la vivienda no puede superar 1,2 veces el IPREM ponderado:
Tabla 1, 2 veces ponderando
Miembros IPREM anual IPREM trimestral
1 ó 2 12.600,00€ 3.150,00€
3 13.263,16€ 3.315,79
4 14.000,00€ 3.500,00€
5 14.823,53€ 3.705,88
6 ó más 15.750,00€ 3.937,50€
  • Todos los miembros de la unidad familiar deben estar al corriente de pago de impuestos, tasas, árbitros y sanciones del Ayuntamiento de Avilés y del Principado de Asturias.
  • La vivienda arrendada debe estar en Avilés y no abonar una renta superior a 450€, no pudiendo adeudar recibos de alquiler en la fecha de solicitud de la ayuda.
  • Ninguno de los miembros que habiten en la vivienda pueden poseer vivienda en propiedad o derecho de uso y disfrute en un porcentaje superior al 40%.
  • Ningún miembro podrá recibir subvención o ayuda económica de otra administración en concepto de vivienda.
  • No podrá existir hacinamiento en la vivienda. Máximo 2 personas por habitación-dormitorio.
  • No se subvencionarán viviendas arrendadas por el Ayuntamiento de Avilés, RUASA, Principado de Asturias, VIPASA o Arboleya Visoren Norte.
  • No tener ni el solicitante ni los miembros de la Unidad familiar deudas ni ayudas pendientes de justificar con la Fundación San Martín.